Articulo escrito por el Arquitecto Dr. Luis Calvet y publicado por la Revista Arkinka Junio 2017
La reestructuración urbana de Lima y su ordenamiento territorial requieren procesos complejos que serán poco factibles sin contar con un marco de planeamiento metropolitano1 adecuado.
De todas maneras, en el supuesto que las grandes directrices urbanísticas de Lima estuvieran trazadas, se van a necesitar cambios legislativos sustanciales y, sobre todo, la introducción de nuevas herramientas de planeamiento y gestión en la práctica urbanística, que hagan más viables los objetivos de ordenación y mejora que la transformación urbana requiere.
El cambio de uso de las zonas industriales obsoletas, la mejora de las áreas urbanas de- ficitarias en zonas verdes y equipamientos, la rehabilitación de los tejidos históricos, la consolidación de los ejes urbanos estructurantes y el proyecto de nuevos espacios de centralidad son, entre otros, objetivos de la recuperación urbana, que van a requerir el despliegue de una nueva estrategia de planes urbanísticos especiales, la redacción de normativas más diversas y la aplicación de nuevas técnicas de
gestión.
Este escrito tiene como finalidad hablar de este tipo de instrumentos, especialmente aquellos que relacionan el proyecto de ordenación con la idea de proceso y gestión, ya que son los más eficaces en los procesos de transformación de la ciudad existente, donde se presentan las mayores dificultades de implementación.
La fragmentación de la propiedad del suelo, la consolidación producida en anteriores procesos de lotización y urbanización, la existencia de edificaciones y actividades, son características frecuentes que ofrecen resistencia a la transformación, dificultan el control del orden urbano y generalmente impiden que las actuaciones se produzcan de forma que aporten claros beneficios urbanísticos para la ciudad.
Alcanzar estos dos objetivos – orden y mejoras urbanas – en toda operación urbanística, es una de las razones de peso para que se revise el marco legislativo y el Reglamento de Planeamiento2 , que regula los procedimientos técnicos que deben implementarse a través de los planes urbanos.
Se debería facultar a la administración para que en la redacción de los planes urbanos pueda plantear actuaciones urbanísticas con la condición de proceder a la unificación de la propiedad del suelo, cuando los objetivos de la ordenación así lo requieran.
También se deberían aplicar criterios urbanísticos más exigentes para que, en este tipo de actuaciones, las plusvalías generadas por la transformación urbana recaigan en parte sobre la ciudad y no únicamente en la propiedad del suelo.
Para ello, hace falta una legislación que faculte a la administración – ente responsable de la redacción y tramitación de los planes urbanísticos – para que pueda establecer cargas urbanísticas a la propiedad del suelo, en justa proporción con los beneficios económicos que se van a producir por el incremento de valor del suelo, debido al aumento de los parámetros edificatorios, el cambio de uso o el aumento de la densidad en los sectores de transformación.
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